¿QUÉ ES LA EDUCACIÓN COMPENSATORIA?
El programa de Educación Compensatoria está destinado a garantizar el acceso, la permanencia y la promoción en el sistema educativo del alumnado en situación de desventaja social, procedente de minorías étnicas, de colectivos de inmigrantes, así como de familias con graves dificultades socioeconómicas. De igual forma, con este programa se atiende al alumnado que debe permanecer largos periodos de hospitalización o convalecencia. Según sus distintas peculiaridades, estos alumnos presentan, desde un desfase escolar significativo, hasta dificultades de inserción educativa y necesidades de apoyo derivadas de su incorporación tardía a la escuela, de una escolarización irregular o de un desconocimiento del español, al proceder de otros países.
Para atender a los alumnos/as que se encuentran dentro del Programa de Educación Compensatoria en los Centros de primaria y Secundaria, la Administración dotará a los centros que escolaricen un número suficiente de alumnos con necesidades de compensación educativa de profesores de apoyo y recursos materiales.
NORMATIVA:
Real Decreto 299/1996, de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en la educación.
Orden de 22 de julio de 1999, que desarrolla parcialmente el citado Real Decreto, regulando las actuaciones de compensación educativa en centros docentes sostenidos con fondos públicos.
OBJETIVOS:
1.-Promover la igualdad de oportunidades en educación, prestando atención preferente a aquellos sectores desfavorecidos, mediante la articulación de medidas que hagan efectiva la compensación de las desigualdades de partida.
2.-Facilitar la incorporación e integración social y educativa de todo el alumnado, contrarrestando los procesos de exclusión social y cultural, desarrollando actitudes de comunicación y de respeto mutuo entre todos los alumnos independientemente de su origen cultural, lingüístico y étnico.
3.-Potenciar los aspectos de enriquecimiento que aportan las diferentes culturas, desarrollando aquellos relacionados con el mantenimiento y difusión de la lengua y cultura propia de los grupos minoritarios.
4.-Fomentar la participación de los diferentes sectores de la comunidad educativa y del resto de los estamentos sociales, para hacer efectivo el acceso a la educación y a la sociedad en igualdad de oportunidades y para facilitar la incorporación de las familias provenientes de otras culturas o con otras dificultades de integración social.
5.-Impulsar la coordinación y la colaboración con otras administraciones, instituciones, asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro para la convergencia y desarrollo de las acciones de compensación social dirigidas a los colectivos en situación de desventaja.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
ALUMNADO DESTINATARIO
Las actuaciones de compensación educativa se desarrollaran en los centros que escolaricen alumnado con necesidades de compensación educativa, considerando como tal aquel, que por su pertenencia a minorías étnicas o culturales en situación de desventaja socio educativa, o a otros colectivos socialmente desfavorecidos, presente:
Desfase escolar significativo, con dos o más cursos de diferencia entre su nivel de competencia curricular y el nivel en que está escolarizado.
Dificultades de inserción educativa.
Necesidades de apoyo derivadas de incorporación tardía al sistema educativo.
Escolarización irregular.
En el caso del alumnado inmigrante y refugiado, desconocimiento de la lengua vehicular del proceso de enseñanza.
IDENTIFICACIÓN DE LAS NECESIDADES DE COMPENSACIÓN DEL ALUMNADO:
La determinación de las necesidades de compensación educativa del alumnado y la inclusión del mismo al programa se realizará de acuerdo con los criterios siguientes:
En los colegios de educación Infantil y Primaria el tutor, en colaboración con el EOEP y con el profesor de Educación Compensatoria, bajo la coordinación de Jefatura de Estudios, realizarán una valoración inicial de la competencia curricular del alumno en las áreas instrumentales o de la competencia comunicativa en el caso del alumnado inmigrante.
En los Institutos de Educación Secundaria el tutor, en colaboración con el Departamento de Orientación, los Departamentos Didácticos y el profesor de Educación Compensatoria, bajo la coordinación de la Jefatura de Estudios, realizará una valoración inicial individualizada de la competencia curricular del alumno en las áreas de Lengua Castellana y de Matemáticas o de la competencia comunicativa en el caso del alumnado inmigrante.
Tanto en Infantil/Primaria como en Secundaria, el resultado de la evaluación inicial individualizada se reflejará en un informe en el que se hará constar:
El nivel de competencia curricular y/o competencia lingüística.
Datos relativos al proceso de escolarización.
Datos relativos al contexto socio-familiar.
Otros aspectos relevantes para la toma de decisiones.
Una vez realizada esta evaluación inicial se determinarán las medidas de refuerzo y adaptación curricular que sean necesarias, conforme a la normativa vigente de carácter general y se establecerán las oportunas medidas de apoyo.
La inclusión de un alumno/a en el programa estará sujeta a la revisión continua a lo largo de cada curso escolar.
¿QUIÉN ATIENDE AL ALUMNADO?
La atención al alumnado con necesidades de compensación educativa es responsabilidad de todo el equipo docente. El centro deberá llevarla a cabo con la colaboración de todo el profesorado que imparte docencia en el centro y con el profesorado de apoyo del programa de educación compensatoria.
FUNCIONES DEL PROFESOR DE E. COMPENSATORIA:
Con carácter general las relacionadas con la docencia y seguimiento de la escolaridad del alumnado.
Impulsar y orientar la elaboración, seguimiento y evaluación de PEC, PCE, en el ámbito de la Atención a la Diversidad Social y Cultural y a las necesidades de compensación educativa.
Colaborar en el diseño y ejecución de agrupamientos flexibles adaptados a las necesidades de los alumnos de compensatoria y participar en la planificación de las actuaciones de compensación y en la memoria final.
Desarrollar en colaboración con el profesorado del centro las ACIS necesarias, de acuerdo con la modalidad de apoyo acordadas.
¿CÓMO SE ATIENDE AL ALUMNADO?
MODALIDADES ORGANIZATIVAS
La organización flexible del Centro, en las etapas, ciclos, niveles y aulas, posibilitará la atención educativa diversificada que requiere el conjunto del alumnado. Para ello en los centros con actuación de compensación educativa, permanentes o transitorias, el plan anual de compensación educativa establecerá las modalidades de apoyo necesarias en el ámbito de la compensación interna, conforme a los siguientes criterios.
Apoyo en infantil : Con carácter prescriptivo, el apoyo educativo al alumnado con necesidades de compensación educativa escolarizado en la etapa de educación infantil se realizara dentro del aula, al objeto de favorecer al máximo la normalización de la respuesta educativa
Apoyo en grupos ordinarios: El apoyo educativo al alumnado con n.c.e. se realizara siempre que sea posible en grupos ordinarios con el fin de conseguir la máxima integración y normalización, preferentemente para reforzar los aprendizajes instrumentales básicos en las áreas de lengua castellana y matemáticas. Reciben esta modalidad de apoyo los alumnos en situación desventaja social que presentan dos años de desfase curricular y un buen nivel de integración social
Agrupamientos flexibles: en función de las características y necesidades del conjunto del alumnado del centro se podrán establecer agrupamientos flexibles durante parte del horario escolar, en un ciclo nivel o etapa que puedan ser atendidos de manera específica, para la consecución de objetivos graduados por nivel de competencia curricular del alumnado en las áreas cuyos objetivos están ligados a aprendizajes instrumentales básicos.
Apoyo educativo en pequeño grupo fuera del aula de referencia: para desarrollar actividades específicas relacionadas con la adquisición de competencias comunicativas en la lengua vehicular del proceso de enseñanza, así como con la adquisición o refuerzo de aprendizajes instrumentales básicos, en las etapas obligatorias, durante un máximo de ocho horas semanales. En todo caso el horario establecido para estos grupos de apoyo no será nunca coincidente con aquellas actividades complementarias que puedan favorecer la inserción del alumnado con n.c.e. El número de alumnos en estos grupos de apoyo no debe ser superior a ocho y su adscripción a los mismos se revisara periódicamente en función de sus procesos de aprendizaje coincidiendo con el calendario de evaluación que el centro tenga establecido con carácter general.
Grupos específicos de compensación educativa: En la etapa de ESO excepcionalmente, dirigidos a prevenir el abandono prematuro del sistema educativo y a adecuar la respuesta educativa al alumnado menor de dieciséis años, que en función de sus condiciones de desventaja socioeducativa, presenta desfase escolar muy significativo, con dos o mas cursos de diferencia y generalizado en la mayor parte de las áreas curriculares.
Aulas de compensación educativa Dirigidas al alumnado del segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria que, además de acumular desfase curricular significativo en la mayoría de las áreas, valora negativamente el marco escolar y presenta serias dificultades de adaptación o ha seguido un proceso de escolarización tardía o muy irregular, que hace muy difícil su incorporación y promoción en esta etapa (A.C.E. de la Comunidad de Madrid).
Aulas de acogida para la competencia lingüística: En aquellos Centros que tengan un número significativo de alumnado inmigrante y tengan un desconocimiento del español que le dificulte el desarrollo del proceso escolar con entera normalidad, se podrán desarrollar aulas de acogida para la competencia lingüística.
Aulas Aliso. Son Aulas de Adaptación Lingüística y Social, con objeto de garantizar una respuesta rápida y especializada al alumnado extranjero que desconoce la Lengua y Cultura Españolas.
Se pretende a través de ellas proporcionar una rápida adaptación lingüística y facilitar el acceso a determinados aspectos culturales y sociales fundamentales, que permitan la adecuada integración y convivencia con la población del lugar receptor.
La atención al alumnado enfermo: El alumnado que padece enfermedades o lesiones traumáticas que obliga a periodos de hospitalización o de convalecencia en su domicilio, se encuentra en situación de desventaja en el sistema educativo. Su escolaridad se ve dificultada y suele acumular retrasos escolares que sólo pueden ser paliados desde la adopción de medidas de apoyo que sean útiles, al mismo tiempo, para reducir la ansiedad que la enfermedad provoca.
PLAN DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA Y MEMORIA
La organización, los objetivos y la estructura de los grupos de Compensación deberá reflejarse en el PLAN DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA del Centro que se adjuntará a la PGA.
QUÉ DEBE CONTEMPLAR UN PLAN
Los Planes de Compensación Educativa deberán concretar, entre otros aspectos, los siguientes:
Medidas para compensar el desfase curricular que pueda presentar el alumnado en situación de desventaja socioeducativa, incluyendo, en su caso, una adecuada planificación y organización de los espacios, tiempos y agrupamientos del alumnado de forma flexible y adaptada a sus necesidades.
Medidas para facilitar la integración escolar del alumnado que se ha incorporado tardíamente o de forma irregular al sistema educativo, así como de aquel alumnado que por sus condiciones sociales, económicas o de cualquier otro tipo presente riesgo de abandono prematuro del sistema educativo.
Iniciativas para favorecer un adecuado clima de convivencia en el centro.
Actividades complementarias y extraescolares de compensación educativa.
Actuaciones del centro dirigidas a la prevención control y seguimiento del absentismo escolar.
Actividades dirigidas a mejorar la integración del centro en su entorno, facilitando el desarrollo de programas socioeducativos de educación no formal.
Actividades de apoyo familiar, de forma que se facilite la participación de los padres y madres del alumnado en el proceso educativo de sus hijos e hijas y en la vida de los centros.
En su caso, medidas para facilitar el aprendizaje de la lengua española por parte del alumnado procedente de otros países como requisito necesario para la adquisición de los aprendizajes establecidos en las diferentes áreas del currículo.
En su caso, medidas para facilitar la continuidad del proceso educativo del alumnado perteneciente a familias dedicadas a tareas laborales de temporada o a profesiones itinerantes.
Los centros con actuaciones de compensación educativa, elaborarán al finalizar el curso escolar una Memoria en la que se incluirá una valoración de las actuaciones realizadas, conforme al Plan Anual y una propuesta de mejora.
TIPOS DE ACTUACIONES A CONTEMPLAR EN EL PLAN DE C.E
Todas las actuaciones se organizan en coordinación con diversos agentes sociales y en el caso de los centros educativos con el apoyo de los profesores y los tutores:
Programa de absentismo escolar. Acciones de control y seguimiento del absentismo escolar.
Plan de acogida a las familias extranjeras inmigrantes.
Apoyo en la adquisición del castellano del alumnado inmigrante y refugiado.
Programa de actuaciones escolares compensadoras para el alumnado con necesidades específicas. Apoyo en las áreas instrumentales.
Programa para desarrollar actitudes interculturales en todo el alumnado.
Plan de optimización de los recursos materiales. Elaboración de materiales didácticos.
Programa de actividades extraescolares compensadoras. Actividades extraescolares y complementarias favorecedoras de la inserción socioeducativa del alumnado.
Plan de formación del profesorado de Compensación Educativa. Difusión de experiencias
Actuaciones interinstitucionales.
Atención sociofamiliar. Orientación y asesoramiento a las familias.
Ayudas de transporte, comedor, libros ...
Atención educativa domiciliaria.
Atención Educativa a la población escolar de familias temporeras e itinerantes.
lunes, 24 de mayo de 2010
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